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​De acuerdo a las disposiciones de la ley 2010 de 2019 y la resolución 42 de emitida por la DIAN en mayo de 2020, el cronograma de implementación de factura electrónica venció el 1 de noviembre de 2020, por lo anterior a partir de esta fecha, Colmena Seguros no podrá recibir Facturas de Venta que no cumplan con todos los requisitos informados por la DIAN:

1. Las facturas deben emitirse en formato electrónico, no se podrán radicar de forma física o papel.

2. Enviar la factura electrónica al correo único designado para la recepción de facturas de la Compañía: colmenaseguros_FE@fundaciongruposocial.co

3. El correo electrónico de radicación debe cumplir con las siguientes características:

- Asunto: Nit del facturador; Nombre del Facturador Electrónico; Número del documento Electrónico (campo cbc: ID); Código del tipo de documento según tabla 6.1.3.; Nombre comercial del facturador, Línea de negocio.
- Archivos adjuntos: Un archivo .ZIP que contenga, AttachedDocument, la representación gráfica en PDF y los anexos a la factura en formato PDF
- Peso máximo de envío: 2 Megas incluyendo su archivo adjunto .ZIP.

 

Cualquier inquietud al respecto, por favor enviarlas al buzón de correo electrónico: pagaduriacolmenaseguros@fundaciongruposocial.co

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